Todo lo que tienes que saber para viajar con tu mascota a continuación.
Para viajes con finalidad de turismo
Si planeas viajar con tu mascota dentro de la Unión Europea, es esencial conocer las normativas que se aplican en todos los Estados Miembros.
En cambio, si tienes la intención de visitar un país fuera de la UE, será necesario cumplir con los requisitos establecidos por ese país para ingresar, y al regresar a la UE, también deberá tener en consideración una serie de regulaciones.
1. Viajar desde España a un país de la UE
Para viajar a la Unión Europea desde España con su mascota, es necesario que:
- La mascota esté debidamente identificada mediante un microchip.
- Haya recibido la vacuna contra la rabia y se encuentre vigente en el momento del viaje.
- Posea un pasaporte europeo destinado al desplazamiento de animales de compañía. Puede consultar los requisitos específicos haciendo clic aquí:
En caso de viajar a Irlanda, Malta, Finlandia o Noruega, también será necesario:
- Administrar un tratamiento contra E. multilocularis a su perro entre 24 y 120 horas antes de llegar al país.
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2. Viajar a un país no miembro de la UE.
Para viajar a un país fuera de la Unión Europea, es necesario que tu mascota cumpla con los requisitos establecidos por el país de destino.
Es recomendable que consultes con tu veterinario para planificar tu viaje según el destino y la duración previstos. Al regresar, es crucial cumplir con los requisitos de la Unión Europea.
Para llevar a cabo el viaje, debes obtener los siguientes documentos:
Certificado de Buena Salud:
Tu veterinario debe estar colegiado y registrado en CEXGAN. 1 Click Vet tramita éste certificado, puedes hacer click aquí para mayor información.
La validez máxima del certificado de salud es de 10 días, aunque algunos países pueden tener requisitos más estrictos.
Este certificado asegura que tu mascota está sana y cumple con los requisitos sanitarios para viajar.
Certificado Oficial de Exportación:
Tu veterinario realizará la solicitud a través de CEXGAN, para lo cual debe estar registrado en esta aplicación.
Solicita a tu veterinario el resguardo de la solicitud.
Recoger el Certificado de Exportación en el Puerto/Aeropuerto:
Contacta con los veterinarios del Servicio de Sanidad Animal de tu provincia, o del aeropuerto o puerto por donde embarcarás tú y tu mascota. Es importante que, en algunos casos, solicites cita previa.
Para el regreso a España, tu mascota (perros, gatos y hurones) debe:
Estar identificada con microchip
Poseer un pasaporte de la Unión Europea.
Haber sido vacunada contra la rabia con la vacuna vigente en el momento del viaje.
Si proviene de un país con riesgo de rabia no listado en el Anexo II del Reglamento 577/2013, debe ir acompañada de un test de anticuerpos contra la rabia realizado por un laboratorio oficial.
3. Viajar a España desde un país de la UE
Para ingresar a España con un perro, gato o hurón de compañía, es necesario que:
- Esté identificado con un microchip
- Haya sido vacunado contra la rabia con una vacuna válida en el momento del viaje, y esta información debe estar registrada en el pasaporte del animal.
Es necesario contar con un pasaporte europeo para el traslado de animales de compañía. En dicho pasaporte, se deben completar los apartados de “Propietario”, “Descripción del animal”, “Marcado”, “Expedición del pasaporte” y “Vacunación antirrábica” (consultar anexo I de la Instrucción).
No se otorgan excepciones ni se permite la entrada en España de perros, gatos y hurones menores de 15 semanas que no hayan sido vacunados con una vacuna válida contra la rabia. Se establece como requisito:
- La edad mínima para la vacunación de los animales será de 12 semanas.
- Para que la vacuna sea considerada válida, deben transcurrir al menos 21 días desde la inoculación.
4. Volver a España después de visitar un país no miembro de la UE
Si planea regresar a España con su animal de compañía, deberá utilizar uno de los Puntos de Entrada designados para viajeros a partir del 3 de diciembre de 2021 y notificar a la Resguardo Fiscal de la Guardia Civil que está acompañado por un animal de compañía, presentando la documentación correspondiente.
En caso de viajar a un país tercero incluido en el anexo II del Reglamento (UE) 577/2013, al regresar, su mascota debe cumplir con las indicaciones establecidas en la sección I.
Si va a un país no incluido en el anexo II (considerado país con riesgo de rabia), debe cumplir con los requisitos de la sección 1, que incluyen:
- Realizar a su mascota un test serológico de rabia en un laboratorio autorizado antes de viajar.
- El resultado del test, con un valor igual o superior a 0.5 UI/ml, será registrado por su veterinario en el pasaporte del animal.
El test serológico de rabia debe realizarse al menos 30 días después de la vacunación contra la rabia (en el caso de la primera vacunación).
La entrada del animal solo estará permitida después de 3 meses desde la fecha de extracción de la muestra de sangre. Por lo tanto, la edad mínima de un animal procedente de un país con riesgo de rabia será de 7 meses, teniendo en cuenta el tiempo necesario para cumplir con estos requisitos.
Si el animal viaja desde un país de la Unión Europea a un tercer país y regresa, el plazo de tres meses no se aplicará si se realiza la valoración con resultado favorable antes de que el animal abandone el territorio de la Unión Europea. Este detalle se reflejará en el pasaporte del animal.
Si se sigue el protocolo de vacunación, el test serológico será válido durante toda la vida del animal.